El caso de violaciones en Manta y Vilca hace referencia a una serie de violaciones sexuales sistemáticas a adolescentes y mujeres campesinas perpetradas por miembros del Ejército peruano entre 1984 y 1998 en los distritos de Manta y Vilca, en la provincia de Huancavelica en la región homónima en Perú.[1][2] En junio de 2024, después de 20 años de iniciada la investigación, el Poder Judicial sentenció a 10 exmilitares por abusos sexuales cometidos en Huancavelica.[3]
El caso de Manta y Vilca fue uno de los 47 casos remitidos por la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) al Ministerio Público. Los hechos se encuentran clasificados en la categoría de crímenes de lesa humanidad.[1] Otro caso de violación remitido por la CVR al Ministerio Público es el caso de M.M.M.B.[4]
Luego del caso de violaciones en Sepur Zarco en Guatemala, el caso de Manta y Vilca es el segundo juicio en Latinoamérica que aborda la violencia sexual durante un conflicto armado interno como crimen de lesa humanidad.[5]
Historia
El 21 de marzo de 1984 el Ejército peruano estableció una base militar en el distrito de Manta en Huancavelica.[1] Dos años antes, en agosto de 1982, se declaró el estado de emergencia en todo el país debido a la violencia política iniciada por la organización terrorista Sendero Luminoso.[5]
Los abusos sexuales ocurrieron durante el conflicto armado interno en Perú.[6] Algunas de las víctimas eran menores de edad cuando ocurrieron los hechos.[7] Asimismo, muchas de las violaciones fueron colectivas, en donde una o dos mujeres eran abusadas hasta por veinte reclutas.[8][9] Las violaciones sistemáticas tuvieron lugar en los domicilios de las víctimas y en las bases militares en Manta y Vilca.[10]
Proceso judicial
En el 2003, 24 mujeres víctimas de violación sexual decidieron hacer una denuncia penal contra sus agresores.[11] En 2007 la Fiscalía Penal de Huancavelica formalizó la denuncia contra 14 miembros de las fuerzas armadas en base a la evidencia de 14 de las 24 víctimas identificadas.[6] En 2009 el caso llegó al Poder Judicial y se inició la etapa de investigación de instrucción en el ámbito judicial, la cual término en 2014. El Estudio para la defensa de los derechos de la mujer (DEMUS) y el Instituto de Defensa Legal (IDL) tienen a su cargo la defensa de las denunciantes.[12] En el año 2015, la Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional formuló la acusación fiscal por violación sexual considerada como un delito de lesa humanidad contra los 14 militares denunciados.[11]
Primer juicio oral
El 8 de julio de 2016 se inició el juicio oral en la Sala Penal Nacional en Lima.[8][13] En septiembre de 2018 el juicio fue suspendido y la Corte Suprema de Justicia dispuso apartar del caso a los tres magistrados a cargo del caso por falta de imparcialidad.[11] A través de los estereotipos de género, los jueces vulneraron el derecho a la imparcialidad limitándose el derecho a la prueba de contexto histórico.[5]
Segundo juicio oral
El 13 de marzo de 2019 se inició el segundo juicio oral en una nueva sala que incorporó el enfoque de género y el derecho a la verdad, igualdad y no discriminación.[10]
Sentencia
El miércoles 19 de junio el Poder Judicial sentenció en una audiencia pública en la Sala Penal Nacional del centro de Lima a 13 exmilitares por el delito de violación sexual cometidos en Huancavelica.[14] También se ordenó la reparación civil de 100 000 soles para cada una de las víctimas de agresión sexual. Los exmilitares y sus sentencias son los siguientes:[3]
- Pedro Pérez López: sentenciado a 6 años de prisión
- Marín Sierra Gabriel: 8 años
- Rufino Rivera Quispe: 10 años
- Vicente Yance Collahuacho: 10 años
- Epifanio Quiñonez Loyola: 10 años
- Amador Gutiérrez Lizarbe: 10 años
- Lorenzo Inga Romero: 10 años
- Raúl Pinto Ramos: 10 años
- Arturo Simarra García: 10 años
- Sabino Valentín Rutti: 12 años
Se reservó el juzgamiento a los acusados Julio Meza, Edwin Carrasco y Diomedes Gutiérrez por encontrarse en calidad de reos contumaces.[14]
Véase también
Referencias
Bibliografía
Enlaces externos